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Habilitan traslado de feriados que caen sábado o domingo: el del 12 de octubre será fin de semana largo
Fue a través de un decreto firmado por el presidente Milei. Durante ese fin de semana se desarrollará en la Falda la Fiesta Nacional del Alfajor.
Este jueves el presidente Javier Milei firmó el Decreto 614/2025 que modifica el esquema de feriados trasladables en Argentina. Con este cambio, los que caigan sábado o domingo podrán ser reubicados en el calendario.
La primera aplicación será con el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que cae el domingo 12 de octubre. En La Falda, el traslado de ese feriado genera gran expectativa ya que durante ese fin de semana, que será largo, se desarrollará la Fiesta Nacional del Alfajor.
Ahora, será la Jefatura de Gabinete la encargada de definir si se traslada al viernes 10 o al lunes 13 de octubre, con el objetivo de favorecer el turismo y la organización de actividades económicas.
Feriados que le quedan al 2025
Domingo 12 de octubre: feriado por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos por el Día de la Soberanía.
Lunes 24 de noviembre: feriado por el Día de la Soberanía.
Lunes 8 de diciembre: feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María.
Jueves 25 de diciembre: feriado por Navidad.
El Gobierno nacional oficializó el calendario de feriados y días no laborables del 2025
Se brinda el detalle de los días de descanso para el año entrante. Los fines de semana largos serán la alternativa para aumentar el turismo interno generando movimiento económico.
El Gobierno nacional oficializó el calendario de feriados y días no laborables correspondientes al 2025. A través del decreto 1027/2024 –que fija los días no laborables con fines turísticos– y la Ley 27.399 –que establece el cronograma de feriados y días no laborables–, los feriados y días no laborables del año próximo serán los siguientes:
El miércoles 1° de enero es el primer feriado inamovible del 2025. A esa jornada le siguen en marzo tres feriados no trasladables: el lunes 3, el martes 4 y el lunes 24.
En abril, será feriado inamovible el 2. A su vez, el jueves 17 de abril quedó establecido como día no laborable, mientras que el día siguiente, 18, es feriado inamovible.
En el quinto mes del año, el feriado inamovible del 1° de mayo caerá en jueves; en tanto que el viernes 2 quedó decretado como día no laborable con fines turísticos, mientras que el 25 de mayo, que cae en día domingo, es otro de los feriados inamovibles.
A su vez, en junio, el feriado del martes 17 se traslada al día anterior (16); en tanto que el viernes 20 de junio es feriado inamovible.
El mes siguiente, el miércoles 9 de julio, es feriado inamovible. En tanto, el viernes 15 de agosto fue decretado día no laborable con fines turísticos, y el domingo 17 de agosto será feriado.
En 2025, el feriado por el 12 de octubre caerá en día domingo. En noviembre, el viernes 21 pasa a ser día no laborable con fines turísticos, y el feriado del 20 de noviembre se traslada al lunes 24.
En el último mes del año, están contemplados como feriados inamovibles el lunes 8 de diciembre y el jueves 25 de diciembre.
Cabe destacar que al no tener carácter de feriado nacional, los días no laborables no son obligatorios, por lo que cada empleador podrá determinar su aplicación. En el caso de la Administración Pública Nacional, estos días serán considerados de asueto. Tampoco se prevé que haya actividad administrativa, educativa ni bancaria, entre otras.