Viernes, 13 Octubre 2023 17:54

La Falda: el Concejo Deliberante aprobó el nuevo contrato de concesión del servicio de agua potable

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La prestadora continuará siendo la Cooperativa Accion-ar por un lapso de 7 años prorrogables. La aprobación se hizo en segunda lectura con ausencia del bloque opositor. Se repasaron los puntos modificados luego de la Audiencia Pública.

 

Este jueves 12 de octubre el Concejo Deliberante de la ciudad de La Falda aprobó en segunda lectura el contrato de concesión del servicio de agua potable. Luego de la firma, la prestadora continuará siendo la Cooperativa Accion-ar por un lapso de 7 años prorrogables. 

Cabe destacar que, enmarcado en lo que establece el artículo 64 de la Carta Orgánica Municipal, este proyecto había sido aprobado en primera lectura el pasado 20 de septiembre por lo que luego se convocó a la Audiencia Pública del 28 del mismo mes (ver nota). En la sesión especial, llevada adelante sin la presencia del bloque opositor (La Falda en Acción) se repasaron los puntos modificados luego de la mencionada Audiencia y se explicaron cuestiones inherentes a la decisión de no municipalizar el servicio.

La próxima instancia es la promulgación por parte del Poder Ejecutivo y la posterior firma entre las partes.

Entre los puntos más importantes y aquellos modificados del contrato están: 

-La concesión es por un plazo de 7 años con prórroga de 7 años más si el Concejo Deliberante de ese momento así lo aprueba. Se podrá extinguir o interrumpir la concesión del servicio. 

-La titularidad de los bienes de la Cooperativa corresponden al municipio.

-Lo que se cobre por aporte capital deberá ir diferenciado en cedulón o comprobante separado de lo que se factura por el servicio. También se le fundamentará al asociado o usuario el cobro de ese aporte.  

-La Cooperativa deberá dar aviso sobre cortes que no se podrán extender por más de 48 horas.

-La respuesta a reclamos no deberán demorar más de 10 días hábiles.  

-Se obliga a realizar obras de mantenimiento y generar crecimiento anual

-La Cooperativa deberá brindar informes anuales sobre consumo y calidad de agua

-Entregar nómina de trabajadores en las diferentes áreas de la entidad.

-Se garantizan los mecanismos de participación de asociados a través de municipio.

-Se deberá realizar una actualización de la nómina de usuarios y asociados.

-Con mejoras en el artículo 11, se garantiza el cuidado y control de calidad del agua potable a través de regulaciones provinciales.

-Las garantías no serán obligatorias si el que solicita el servicio es usuario y no asociado.

-El derecho de conexión no podrá ser mayor a lo que establezca el municipio.

-Se establece un régimen sancionatorio progresivo ante incumplimientos de la Cooperativa.

-Se tendrán en cuenta situaciones específicas con comerciantes en crisis u otras a través del Concejo Deliberante.

-Cualquier modificación en lo concerniente a la prestación del servicio deberá pasar por el Ejecutivo municipal y luego ser aprobada por el Concejo Deliberante.

-Asistencia de autoridades de la Cooperativa, una vez al año, al Consejo de la Ciudad para informar al municipio a través de ese órgano el estado de la prestación del servicio. Se podrán solicitar otras reuniones.

-Instalación de un artefacto en las oficinas de atención al público de la Cooperativa para hacer  llegar reclamos o denuncias a la Municipalidad. Se deberán garantizar las medidas de seguridad con candado para impedir cualquier situación irregular.

-En cada notificación o documento que emita la Cooperativa a usuarios o asociados estará incluida la aclaración de que el servicio prestado está enmarcado en la concesión otorgada por el municipio. Allí se brindará un enlace para acceder al contrato.